Chorritos Frustra las Esperanzas de los Propietarios de Florida que Se Defienden de una Ejecución Hipotecaria
Estados Unidos v. Bartram Chorritos Frustra las Esperanzas de los Propietarios de Florida que Se Defienden de una Ejecución Hipotecaria
Una reciente sentencia de la Corte de Apelaciones de Florida en el caso Estados Unidos v. Bartram fue sinónimo de malas noticias para los propietarios que esperaban que una ley estatal pudiera impedir que los bancos sigan persiguiendo acciones de ejecución hipotecaria pasado el límite de cinco años, de acuerdo al estatuto de limitaciones indicado en los Estatutos de Florida, § 95.11 (2) (c).
Esta ley indica que existe un estatuto de limitaciones de cinco años en las acciones para ejecutar una hipoteca. Pero los abogados defensores de ejecuciones hipotecarias en Miami entienden que la pregunta se refería a cuándo comienza a correr el tiempo de dicho estatuto de limitaciones.
En Bartram, el demandante alegó que comenzó cuando el banco presentó una acción de ejecución hipotecaria contra él en 2006. El caso fue desestimado en 2011, y el Banco optó por no buscar una nueva audiencia o apelación de esa orden. Cuando el Banco solicitó una nueva ejecución hipotecaria, el demandante afirmó que el derecho del Banco a hacer valer su reclamación quedaba prescrito por el estatuto de limitaciones.
Sin embargo, el Banco respondió que la desestimación del caso anterior permitía efectivamente reajustar el reloj en su capacidad para presentar una nueva demanda. Dicho de otra forma, perder el caso la primera vez le dio al Banco un plazo de cinco años adicionales para poder presentar una nueva demanda. Si ese juicio fuera desestimado, el Banco tendría otros cinco años para presentar una demanda adicional.
Este tipo de presentación ilimitada y continua de casos antiguos que ya han sido desestimados parece absurda, particularmente dado el hecho de que las cortes de Florida están saturadas con una acumulación de casos antiguos. Parece que permitir tal acción, esencialmente sin límites en cuanto al número de veces en que el banco puede presentar una demanda o el tiempo en que se debe realizar esta, crearía una carga indebida en las cortes (por no decir nada de los propietarios en apuros).
Y sin embargo, esa fue la decisión a la que llegó la Corte de Apelaciones del Quinto Distrito en Bartram.
Sin embargo, existe la posibilidad de que la decisión pueda ser revocada ya que la Corte de Apelaciones ha certificado esto ante la Corte Suprema de Florida para su revisión. La Corte Superior podría elegir ratificar la sentencia, desecharla o en última instancia, encontrar un término medio.
Llegado este punto, ambas partes tienen la oportunidad de presentar ante la Corte Superior más documentación para ofrecer mayores argumentos para su revisión.
Esta decisión es especialmente importante para los propietarios cuyas ejecuciones hipotecarias anteriores han sido desestimadas. Muchos creyeron que estaban seguros pasado el plazo de cinco años, debido al estatuto de limitaciones de conformidad con la ley de Florida.
Sin embargo, aunque la decisión está tomada esto no significa necesariamente que los propietarios no tengan suerte. Por un lado, el uso de esta opinión podría ser bastante limitado, y hay otras leyes que pueden proporcionar alivio.
Además, hay una parte del texto de la decisión que indica que incluso cuando un banco presente una nueva demanda de ejecución hipotecaria, no puede recuperar pagos individuales que llevan más de cinco años de retraso.
Dado el panorama evolutivo de la ley de ejecución hipotecaria en Florida, es crucial que los propietarios busquen la asesoría de un abogado experimentado.
Póngase en contacto con el Neustein Law Group PA, abogados especializados en ejecución hipotecaria en Miami, llamando al número (305) 531-2525.