Fallo de Ejecución Hipotecaria de Florida Revocado debido a Perdida de Documentos de Préstamos
La Corte de Apelaciones del Primer Distrito de Florida recientemente revocó una sentencia anterior que concedía una ejecución hipotecaria a una firma de servicios que no consiguió presentar documentación con base jurídica.
Cabe reconocer que la defensa en Hunter v. Aurora Loan Services LLC estuvo dispuesta a admitir que no tenía los documentos apropiados al inicio de los procedimientos.
Nuestros abogados de defensa hipotecaria de Miami están familiarizados con muchos casos en donde los bancos falsificaron la documentación necesaria para impulsar los casos a través del sistema. De hecho, esta fue la fuerza impulsora detrás del escándalo de las “firmas robóticas” que durante años impulsó las ejecuciones hipotecarias en la Florida a través del sistema, pero finalmente hizo que se detuvieran completamente una vez descubierto. Este fue un subproducto del frenético boom inmobiliario que precedió al fracaso inevitable. Las transferencias rápidas se registraron indebidamente, y en muchos casos, nunca se obtuvieron documentos clave.
Si bien la Corte puede apreciar la honestidad del demandado, esta no basta para ganar un caso.
Aquí, la parte demandante apeló la victoria inicial de la compañía de préstamos hipotecarios, que obtuvo el fallo final de ejecución hipotecaria contra la parte demandante. Argumentó que el Banco carecía de base jurídica para demandar por ejecución hipotecaria, indicando la supuesta dependencia de evidencia por parte de la Corte de Primera Instancia que, según manifestó, fue admitida incorrectamente bajo la excepción de los registros comerciales a la regla de oídas. Específicamente, esta evidencia incorrectamente admitida tuvo como resultado que la Corte de Primera Instancia constatara que la compañía sí poseía el pagaré en el momento que se inició la demanda.
La Corte de Apelaciones se puso de parte del demandante, revirtiendo la conclusión anterior de ejecución hipotecaria.
La compañía de préstamos indicó en su solicitud, “Demanda de Ejecución Hipotecaria y Aplicación de Documentos de Préstamo Perdidos”, que poseía el pagaré y la hipoteca. Sin embargo, admitió que no estaba en posesión física de los documentos originales, no sabía dónde estaban y no tenía forma de obtenerlos.
En el juicio se presentaron pruebas de que otra firma era la propietaria original del pagaré y la hipoteca, y que esta compañía las había asignado posteriormente a una nueva gestoría de préstamo. Entre estos registros se encontraban documentos generados por computadora, que indicaban que el préstamo del prestatario fue vendido al nuevo banco, que se recibió el pago completo y que el pagaré y la hipoteca físicos fueron enviados por correo (aunque no está claro dónde).
Para el momento en que el caso fue a juicio, estos documentos estaban en posesión de un tercer servicio de gestión de préstamo. Un empleado fue llamado a testificar que los documentos fueron suministrados por el titular del préstamo original. Sin embargo, no pudo dar fe de que tenía conocimiento personal que los documentos fueron generados por la compañía del préstamo original.
La Corte de Apelaciones determinó que la admisión de estos documentos equivalía a un testimonio de oídas. Nadie de la compañía del préstamo original fue llamado a testificar sobre si tenía conocimiento personal de la transferencia del pagaré y la hipoteca.
Aquellos que buscan una excepción de los registros comerciales a la regla de oídas deben demostrar que todo lo siguiente es cierto:
- El registro fue creado cerca o en el momento del suceso;
- Fue creado mediante o en base a la información transmitida por una persona con conocimiento;
- Se mantuvo en el curso normal de la actividad empresarial que se llevaba a cabo regularmente;
- Para ese negocio particular era una práctica habitual hacer dicho registro.
Estos criterios, establecidos en la jurisprudencia anterior, específicamente en Yisrael v. el Estado y King v. Auto Supply of Jupiter, Inc., no se cumplieron.
El empleado que testificó acerca de la autenticidad de los documentos no trabajó en la compañía de préstamo original ni tenía ningún conocimiento de primera mano de su creación. No pudo corroborar buena parte de los criterios necesarios para permitir una excepción de registros comerciales.
Debido a que el error no era excusable, se revocó el fallo y el caso fue devuelto para atender la contrademanda del prestatario.
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