El Proceso de Embargo (o Ejecución Hipotecaria)
En Florida, el embargo es un Proceso Judicial que exige al prestamista utilizar el sistema judicial para ejecutar su hipoteca y que otorga al propietario las oportunidades y el tiempo para remediar su situación al contratar un abogado experto en procesos de embargo o ejecución hipotecaria.
El Proceso de Embargo en Florida
En los Condados de Miami-Dade, Broward, y Palm Beach, y a través de todo el estado de Florida, el embargo es un Proceso Judicial, lo que significa que el prestamista debe utilizar el sistema judicial para ejecutar su hipoteca. Cuando se compara con estados donde el proceso de embargo no es judicial, se aprecia que el proceso judicial otorga al propietario oportunidades adicionales y el tiempo para remediar su situación.
En otras palabras, un caso de embargo es igual a cualquier otra demanda. El Demandado recibe una notificación del Prestamista, que contiene simples acusaciones del Banco Demandante. La carga reside en el Banco que debe probar que es la parte indicada para interponer estas acusaciones, y el Banco también sostiene la carga de probar esas acusaciones, y es ahí donde entra su abogado de embargos. Lo que es aún más importante, es que existen varios requisitos precedentes que el Banco debe probar que cumplió antes de interponer o demandar una acción de ejecución de hipoteca.
Si el Deudor Hipotecario (Prestatario) combate la acción de embargo, entonces el proceso de embargo puede tomar mucho más tiempo que cuando el caso queda sin impugnar. Si usted no defiende adecuadamente su caso de embargo, podría ejecutarse en sólo unos cuantos meses. Dependiendo de varios hechos y circunstancias que rodean a cada caso de embargo, tales como el tipo de hipoteca, (por ejemplo, comercial, residencial, uniforme, no-uniforme), el titular de la hipoteca, funciones de la hipoteca, impugnaciones y defensas de fondo, y contrademandas potenciales, el proceso de embargo puede tomar de uno a dos años en promedio, pero no es raro que tome tres años. En casos poco comunes, el proceso de embargo puede tomar tanto como cinco o más años. Estos periodos varían de condado en condado y de caso en caso y de si un abogado experto en embargos representa al Deudor Hipotecario / Prestatario en este litigio.
Cuando la corte concede un veredicto final de embargo, típicamente al mismo tiempo establece una fecha de ejecución del embargo. La fecha de ejecución se da usualmente dentro de un lapso de 30-120 días aproximadamente después del fallo de la corte. El Secretario del Juzgado le entregará al Deudor la notificación de la fecha de ejecución y también le exige al Banco publicar la fecha de ejecución en un periódico legal local con la notificación pública del lugar, fecha y hora de ejecución ordenadas por el Secretario del Juzgado, que usualmente supervisa la ejecución de la hipoteca.
Si el Banco obtuviera indebidamente una sentencia de embargo, es posible solicitar una moción ante la corte para revertir tal fallo indebido a través de una apelación. Un ejemplo de que el banco obtuvo indebidamente una sentencia se da cuando se incluyen circunstancias donde la corte no tiene jurisdicción sobre el Deudor porque no fue apropiadamente notificado con los Citatorios y Demandas. Otros ejemplos incluyen circunstancias donde el banco indebidamente indica al deudor que no necesita preocuparse por su caso de embargo o que el deudor no contrate un abogado. La apelación debe presentarse dentro de los siguientes 30 días.
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